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La medida fue oficializada mediante el Decreto 697/2026 y simplifica los requisitos para el ingreso de alimentos, aditivos, ingredientes y envases con avales internacionales. Según el Ejecutivo, el objetivo es reducir costos regulatorios, agilizar los procedimientos y fortalecer la competitividad de la industria nacional.
El Gobierno nacional oficializó este lunes una modificación en el régimen de importación de alimentos, ingredientes, aditivos y envases. La medida quedó establecida mediante el Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial, y elimina diversos trámites para aquellos productos que cuenten con certificaciones emitidas por determinados países u organismos internacionales reconocidos.
A partir de la nueva normativa, los productos que posean autorización de los países incluidos en el listado oficial o de Estados que apliquen las normas del Codex Alimentarius de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) podrán ingresar al país con un procedimiento simplificado.
En ese sentido, el decreto establece que estos productos quedarán eximidos de ser incorporados al Código Alimentario Argentino (CAA) y también de realizar algunos de los trámites previos que hasta ahora eran obligatorios para su importación.
Para concretar el ingreso de la mercadería, los importadores deberán presentar una declaración jurada junto con la autorización de comercialización, el certificado de libre venta o un documento equivalente emitido por la autoridad competente del país de origen. Además, la normativa dispone que la autoridad sanitaria nacional no podrá exigir requisitos adicionales a los ya establecidos.