El Decreto 971/2024 introduce formalmente el silencio administrativo positivo como una alternativa para reducir los tiempos de espera en gestiones públicas. Este cambio se fundamenta en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, modificada por la Ley de Bases N° 27.742, en la cual se establece que la inacción de la administración será interpretada como una aprobación de ciertos trámites. Así, el ciudadano podrá continuar con su solicitud sin necesidad de una respuesta explícita por parte de las autoridades.
Sin embargo, esta modalidad no se aplicará en todos los casos: quedan excluidos los trámites relacionados con salud pública, medio ambiente, servicios públicos y derechos sobre bienes de dominio público, áreas en las cuales la ausencia de resolución no implicará una aprobación tácita.
Digitalización de los Trámites
Para implementar el silencio positivo de manera eficaz, el Gobierno exige que todos los trámites administrativos, incluidos aquellos de autorización reglada, se gestionen a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) o de otros sistemas digitales propios de cada entidad. Este paso responde a un esfuerzo por automatizar y optimizar la gestión pública, asegurando que los ciudadanos puedan realizar sus solicitudes en línea, sin la necesidad de acudir a una dependencia física.
El cronograma de implementación estableció que desde el pasado 1 de noviembre de 2024, el sistema de silencio positivo rige en las reparticiones de la Administración Pública Central, y a partir del 1 de diciembre de 2024 en los organismos descentralizados.
