LA ANAC AUTORIZA FUNCIONES AERONAUTICAS A PERSONAL EXTRANJERO

Se otorga a la ANAC un plazo de 60 días para dictar la reglamentación referida a aeronaves y tripulaciones extranjeras, para que puedan operar vuelos de cabotaje en Argentina.

A través del decreto Nº 844/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo encomienda en la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) el otorgamiento de autorizaciones para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera.

La nueva medida establece que la Autoridad Aeronáutica Nacional deberá reglamentar técnicamente los Artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico, con el fin de establecer los procedimientos adecuados para el otorgamiento de autorizaciones relativas al personal extranjero y a las aeronaves con matrícula extranjera que operen en el territorio nacional, fomentando de esta manera las inversiones en la república Argentina y favoreciendo la conectividad federal.