SE ELIMINAN PAGOS A SADAIC POR REPRODUCCIÒN DE MÙSICA EN EVENTOS PRIVADOS

El Gobierno introdujo cambios en la ley que regula la propiedad intelectual y el cobro de cánones por el uso de música en el ámbito privado. El decreto 765/2024, publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Nación, modifica los artículos de la legislación anterior.

Estas modificaciones buscan actualizar la definición de ejecución pública en el marco de la Ley N°11.723, adaptándola a los avances tecnológicos y a las prácticas actuales. El nuevo decreto redefine la ejecución pública como aquella realizada en un espacio de acceso abierto al público y dirigida a una audiencia plural, sin importar los fines específicos de la ejecución.

Esto excluye expresamente aquellas representaciones que ocurren en ámbitos privados, donde el acceso es restringido, ya sea de forma permanente o temporal.

De esta manera, se establece que si las piezas musicales se reproduzcan en el ámbito privado no se considera como ejecución pública por lo que no deberá abonar el canon establecido.